La Justicia Nacional del Trabajo suspendió de forma provisional los artículos 2° y 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, firmado por el presidente Javier Milei, que limitaba el derecho a huelga y ampliaba las actividades consideradas esenciales. La medida cautelar fue dictada por la jueza Moira Fullana del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N.º 3, tras admitir la viabilidad formal de las acciones de amparo presentadas por la Confederación General del Trabajo (CGT) y la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) .
El DNU 340/2025, promulgado el 21 de mayo, establecía que sectores como salud, educación, transporte y telecomunicaciones debían garantizar entre un 50% y 75% de su funcionamiento durante medidas de fuerza, lo que fue interpretado por los sindicatos como una restricción al derecho constitucional de huelga .
La jueza Fullana argumentó que el decreto podría vulnerar garantías constitucionales como la libertad sindical y el derecho a huelga, establecidos en la Constitución y en convenios internacionales suscritos por Argentina . Además, cuestionó la necesidad y urgencia del decreto, señalando que el Congreso se encuentra sesionando en forma ordinaria, lo que impone al Estado Nacional una sólida y consistente argumentación para justificar la vía excepcional del DNU .
La CGT y ATE celebraron la decisión judicial como un avance en la defensa de los derechos laborales y una señal de freno a las políticas del Gobierno que consideran regresivas en materia de derechos sociales .
Por su parte, el Gobierno anunció que apelará el fallo, buscando trasladar el caso al fuero contencioso administrativo, aunque la jueza reafirmó la competencia del fuero laboral para tratar el caso .
Esta suspensión representa un revés significativo para el Ejecutivo y mantiene en suspenso la aplicación del DNU hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre su constitucionalidad .